Micelio
Auto12 de marzo de 2025

A- de 2025

Ponente Miguel Efrain Polo Rosero

Demandante Municipio De Floridablanca·Demandado Serrano Caceres Luz Maritza

Tema · dato duro
Ejecución De Condenas Impuestas Por La Jurisdicción Contencioso Administrativa Dentro Del Mismo Proceso En Que Fueron Dictadas.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 015 Administrativo del Circuito de Bucaramanga y el Juzgado 010 Civil Municipal de la misma ciudad, suscitado por una demanda ejecutiva, iniciada por el municipio de Floridablanca, (Santander), en contra de una ciudadana, para que se libre mandamiento de pago por costas procesales y agencias en derecho, con ocasión del resultado del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho que se resolvió a favor del demandante.

Cumplidos los presupuestos de configuración del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena señala que es pertinente reiterar para este caso, lo dispuesto en el Auto 008 de 2022, según el cual, los artículos 298 y 306 del CPACA atribuyen a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo la competencia para conocer de las solicitudes de ejecución a continuación de las sentencias proferidas por esa jurisdicción, como ocurre en este caso.

Lo anterior, porque lo que se pretende en esta oportunidad es la ejecución de una condena dictada en un proceso adelantado ante la jurisdicción mencionada.

Se remite el expediente al Juzgado 015 Administrativo del Circuito de Bucaramanga para que continúe con el trámite del proceso.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 015 Administrativo del Circuito de Bucaramanga y el Juzgado 010 Civil Municipal de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 015 Administrativo del Circuito de Bucaramanga es la autoridad competente para conocer de la solicitud de ejecución promovida por el municipio de Floridablanca, (Santander) en contra de Luz Maritza Serrano Cáceres
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-6211 al Juzgado 015 Administrativo del Circuito de Bucaramanga para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 010 Civil Municipal de la misma ciudad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.